La tentación de trabajar en negro y por qué no es buena idea si eres redactor freelance

Mucha gente me pregunta si es necesario darse de alta como autónomo para empezar a trabajar como redactor freelance. Pues bien, la respuesta es: SIN NINGUNA DUDA. Si realmente queréis ganaros la vida escribiendo por vuestra cuenta y trabajar con clientes decentes, es necesario estar registrado como autónomo y poder emitir facturas. Veamos las ventajas y desventajas de darte de alta como autónomo.

Según la Infografía del Redactor Freelance que puedes descargar aquí, el 57 % de los redactores freelance no están dados de alta como autónomos o empresas. Es entendible que los redactores que empiezan deseean ahorrarse los impuestos y trámites que supone declarar sus ingresos, especialmente en los países que más penalizan a los freelance. Otros aprovechan «agujeros» legales, como el criterio poco claro de que se pueden emitir facturas en España sin ser autónomo si los ingresos no superan el salario mínimo…

Sin embargo, además de ser un requisito legal para trabajar como freelance en España y otros países, estar registrado tiene otros muchos beneficios que valen la pena. De modo que a continuación intentaré resumir las ventajas y desventajas de cada opción. 

Si estás dado de alta como autónomo

Ventajas

  • Realizas tu actividad de forma legal
  • Cotizas a la seguridad social
  • Puedes emitir facturas
  • Puedes trabajar con las empresas serias que no pagan en negro
  • Tienes posibilidad de reclamar legalmente las facturas impagadas
  • Puedes deducirte tus gastos en el IVA que aplicas a tus facturas

Desventajas

  • Debes abonar una cuota a la seguridad social de mínimo 250€ al mes
  • Debes repercutir el IVA a tus clientes
  • Hacienda te retendrá una parte de cada factura (IRPF)
  • Debes liquidar trimestralmente el IVA y el IRPF a Hacienda

Si no estás dado de alta como autónomo

Ventajas

  • Puedes cobrar a tus clientes en negro y ellos se ahorran el IVA
  • No tienes que liquidar trimestralmente el IVA e IRPF
  • Hacienda no te retiene dinero de cada factura
  • Te ahorras gestoría y papeleos

Desventajas

  • En caso de impago, no podrás reclamar al no disponer de factura
  • Muchas empresas y profesionales no aceptarán trabajar contigo
  • No cotizarás a la Seguridad Social ni para tener una pensión
  • Te arriesgas a que Hacienda se pregunte de dónde sacas el dinero y acabe sancionándote
  • No puedes deducirte tus gastos del IVA

Entonces, ¿es mejor darse de alta como autónomo o trabajar en negro?

Algunos seguramente pensaréis que el hecho de no tener que pagar la cuota mensual a la Seguridad Social ya compensa todas las desventajas de no darse de alta como autónomo. Pero probablemente cambiaréis de opinión el día en que os salga un buen proyecto pero la empresa que os lo encargue elija a otro por no poder emitirle una factura legal.

O el día en que alguien os deje un proyecto sin pagar y no tengáis posibilidad de reclamar la deuda por cauces legales.

O dentro de 20 años cuando estéis pensando en la jubilación y veais que os faltan muchos años de cotización para cobrar una pensión decente… (los redactores freelance también queremos llegar a viejos.)

Así mismo, es posible que erróneamente, algunos penséis que os ahorráis mucho dinero al no tener que liquidar el IVA trimestralmente a Hacienda, pero eso no es cierto. El IVA es un impuesto que se añade a tus tarifas, por lo tanto no te lo quitan, lo paga el cliente.

Tú lo recaudas y lo entregas a Hacienda cada trimestre, cosa que puede doler mucho porque supone pagar unos 1.000-1.500€ si facturas unos 10.000€ trimestrales como es mi caso. Duele porque ya cuentas con ese dinero como si lo hubieras ganado. Pero no es dinero tuyo: es algo que no te corresponde pero has tenido de prestado durante unos meses, por lo tanto incluso puede suponer una ventaja en cuanto a financiar tu tesorería porque durante el trimestre dispondrás de más efectivo.

En fin, soy consciente de que hay muchos redactores que trabajan en negro para no dejar de cobrar el paro o ante el temor a acometer un gasto fijo como la cuota mensual de la Seguridad Social (aunque existen cuotas reducidas de 50 euros al mes para los primeros años).

Pero yo no creo que ése sea el camino correcto. Es no acabar de creerse que puedes ganarte la vida con esto. Es no arriesgar. Para mí, supone cortarte las alas nada más despegar y condenarte a solo poder trabajar para las plataformas de redacción y los clientes menos serios que no piden factura…

¿Tú qué opinas? ¿Estás dado de alta como autónomo o de momento no te alcanza?

Comentarios

  • Anónimo
    19 noviembre 2010 at 12:02

    Hola Antonio:

    gracias por exponernos tu caso.

    El tema de las colaboraciones que indicas sin darte de alta ya me lo ha comentado mucha gente. Pero creo que en la mayoría de los casos se pervierte el espíritu de esta norma, ya que no está pensada para que la gente pueda trabajar como autónoma sin tener que darse de alta si no gana lo suficiente.

    En cualquier caso, los temas que comento siempre van dirigidos a personas que se dediquen a este oficio full-time. En caso de compaginarlo con otro empleo, puede ser una solución pero siempre te limitará para poder aceptar proyectos grandes.

    Al menos es lo que me pasa con algunos colaboradores que trabajan en otros sitios y me fallan justo cuando más los necesito.

    De cualquier forma, es una reflexión interesante y expuesta de forma muy aclaradora.

    Saludos,

    Roger Garcia
    redactorfreelance.es

  • Unknown
    17 noviembre 2010 at 16:47

    Se me olvidaba.

    Con estas colaboraciones que he comentado que no necesitas darte de alta como autónomo y basta con el 037 tengo entendido que es mientras no supongan una actividad económica sustancial, en la práctica que no se superen con sus ingresos el salario mínimo interprofesional…

    Ojo con no morir de éxito.

    Pero esto daría para plantearse que si uno gana más de 600 € con esta actividad habría que dar el salto a obtener más ingresos por esta vía… y por tanto profesionalizarse, pagar impuestos y demás.

    En ese momento me encuentro yo 😉

    Espero no haberme extendido demasiado.

  • Unknown
    17 noviembre 2010 at 16:42

    Hola, Roger.

    Acabo de descubrir tu interesantísimo blog, enhorabuena. Llevo un par de años ganando dinero con colaboraciones en medios y es un mundo que me apasiona y al que me gustaría poder dedicarle aún más tiempo (y obtener más ingresos, claro), por lo que te agradezco los buenos consejos que ofreces.

    Sobre el tema de esta entrada en concreto creo que siempre es aconsejable trabajar con todas las de la ley pero lamentablemente tanto en el tema de freelancers en prensa o como en la fontanería, se debe alcanzar un umbral mínimo de ingresos para que salgan las cuentas.

    En mi caso mi actividad profesional principal es trabajar en un despacho jurídico, de ahí sale mi cotización a la Seguridad Social, así que (y aprovecho para recordar esta opción) no tengo que darme de alta como autónomo sino inscribirme en Hacienda en el epígrafe 037 (colaborador editorial) para poder emitir facturas válidas QUE NO LLEVAN IVA pero donde sí se me hace la correspondiente retención del 15% de IRPF.

    Mis ingresos por este concepto están en torno a los 600 €/mes, que no es mucho pero no deja de ser una actividad profesional complementaria. El problema es llegar a obtener unos ingresos por estos trabajos que permitan ganar dinero al trabajador más allá de lo que debe pagar al Estado, que sí, que está muy bien y que Hacienda somos todos, pero si trabajo para el Estado me muero de hambre.

    Si cada mes pago 250 de autónomo y un 16% de IVA (esto cada 3 meses) más retenciones de IRPF… pues debo obtener unos ingresos determinados para que me queda algo de dinero para pagar casa, comida, luz, impuestos municipales…

    Entiendo que en un gremio como este en el que no hay mucho trabajo y no siempre está bien pagado puede existir la tentación de caer en el "Reverso Tenebroso" de trabajar en negro.

    Creo que antes de eso merece más la pena, en todo caso, tener aunque sea un trabajo mínimo por horas legal (no sé, poner copas en un bar y que te contraten por 4 horas a la semana), lo que sea que haga que legalmente estés amparado y que puedas darte de alta en ese mencionado epígrafe 037 y emitir tus propias facturas.

    Creo que en este, como en cualquier sector, es ESENCIAL ser profesional, serio y legal, y siempre hay algún resquicio por el que poder cumplir y no ser un "pirata".

    Al menos en el comienzo o en momentos difíciles, como es la coyuntura económica actual.

    Espero haber sido de ayuda y Roger, una vez más, enhorabuena y gracias.

  • Anónimo
    11 agosto 2010 at 07:47

    Hola Esther:

    esto que comentas sólo es cierto "si la actividad de redacción no es periódica o, por su escasa cuantía, no se puede considerar suficiente como medio de vida. En ese caso el contribuyente no deberá darse de alta como autónomo ni deberá constar como tal en el régimen de la Seguridad Social." Tampoco hará falta que pague el IVA.

    Encontrarás una excelente explicación sobre este asunto en este artículo de la revista Consumer:

    Cómo tributan las colaboraciones
    consumer.es/web/es/economia_domestica/finanzas/2008/04/28/176472.php

    Saludos,

    Roger Garcia
    redactorfreelance.es

  • esther
    2 agosto 2010 at 13:08

    Hola:
    Respecto a una duda que se planteaba mas arriba, segun me han comunicado en hacienda, los escritores estan exentos de iva y pago fraccionado.No se si es Así…
    Un saludo

    ESTHER

  • Anónimo
    29 julio 2010 at 12:16

    Apreciada Sonia:

    discúlpame porque creo que al final no respondí tu comentario de febrero. Era justo cuando empecé una temporada de trabajo intenso y se me pasó.

    Respecto a tu consulta, sé que algunos medios contratan redactores en plantilla pero suele ser a jornada completa o media jornada y no es que paguen mucho. Tampoco creo que te den de alta en la seguridad social para escribir artículos como colaboradora, aunque todo es negociable.

    Por otro lado, si tienes previsto editar una publicación lo más razonable sería que te dieras de alta como empresaria editora en la categoría que corresponda si pretendes contratar a más colaboradores o vender publicidad.

    Si sólo quieres editar tus textos sin ánimo de lucro o sacarte un dinero con Google Adwords y similares, supongo que puedes ahorrarte este paso siempre que no ganes demasiado dinero y despiertes el interés de Hacienda 🙂

    Espero haberte sido útil aunque sea cinco meses después, de nuevo disculpa el retraso.

    Saludos,

    Roger Garcia
    redactorfreelance.es

  • Anónimo
    29 julio 2010 at 12:11

    Hola:

    entiendo que tu negocio consistirá básicamente en vender publicidad, así que lo más adecuado sería el epígrafe de "Agencias de publicidad o afines" (creo que se llama así).

    De todas formas, en tu delegación de Hacienda y la Seguridad Social seguramente podrán orientarte mejor. Lo que sí está claro es que de momento no existe ningún epígrafe para redactores, yo mismo creo que estoy como "Agencia de publicidad" o "Traductor", ya no me acuerdo.

    Saludos,

    Roger

  • Anónimo
    29 julio 2010 at 10:49

    Hola Roger, estoy pensando dar el paso y ser autónomo y tengo una duda, a ver si me puedes ayudar.

    Mi idea es comenzar a rentabilizar una página web con información local sobre mi pueblo/comarca intentando vender publicidad en ella.

    ¿Cual es la categoría del régimen de autónomos en la que debería incluirme?

    Un saludo y enhorabuena por el Blog

  • Anónimo
    9 julio 2010 at 16:13

    Hola Amparo:

    muchas gracias por tu comentario.

    No sé si lo de darte de alta en Gibraltar lo dices en serio o en broma. Desconocía que exista esta posibilidad, si tienes información sobre este asunto podría ser interesante compartirla con los demás.

    De todas formas, a nadie le gusta pagar impuestos pero luego todos queremos que los hospitales, juzgados, carreteras, etc. funcionen perfectamente y no nos cobren por usarlos…

    ¡Eso cuesta dinero que tiene que salir de algún sitio!

    Saludos cordiales,

    Roger Garcia
    redactorfreelance.es

  • Amparo
    8 julio 2010 at 20:58

    Yo opino que si vas a trabajar como redactor freelance y tus trabajos los realizas sin tener oficina física, puedes darte de alta en Gibraltar donde no te quitan medio riñón por el simple hecho de querer ganarte la vida.

  • Anónimo
    11 junio 2010 at 14:42

    Hola:

    reconozco que desconozco tanto el tema de la exención del 16% cuando trabajas para un medio de comunicación o editorial como la posibilidad de darte de alta en el IAE pero no cotizar en la seguridad social (eso sólo lo he visto si eres empleado por cuenta ajena pero además quieres facturar porque haces colaboraciones con revistas, tienes un trabajo por cuenta propia, etc.)

    En cualquier caso, todo lo que no sea pagar el IVA y estar dado de alta en la Seguridad Social me parece raro, raro. Tal vez en algunos supuestos se pueda hacer, pero si quieres trabajar como redactor freelance más vale hacerlo todo bien y pagar lo que corresponde.

    En cualquier caso, este post originalmente trataba de la gente que no se da de alta ni paga impuestos cuando debería hacerlo, con lo cual opino que se hacen un flaco favor a sí mismos y a esta profesión tan necesitada de dignificación.

    ¿Algún experto fiscal se anima a aclararnos estas cuestiones? 🙂

    Saludos,

    Roger Garcia
    redactorfreelance.es

  • Pablo Serrano
    11 junio 2010 at 12:34

    Roger, está todo bien explicado, pero aclararía que se puede facturar con solo darte de alta en el IAE sin tener que hacerlo como autónomo. La única pega es que la seguridad social te puede reclamar la cuotas mensuales si no las has satisfecho. Hay sentencias del tribunal supremo que han dado la razón al trabajador por cuenta propia porque en el fallo se estipula que, para darse de alta como trabajador autónomo, los ingresos netos cobrados deben superar el salario mínimo interprofesional. Yo mismo tengo en mente publicar una revista cultural, mas no me atrevo a dar el paso porque entre lo que me cuesta publicarla, más la cuota de 250€ de autónomo y descontando los ingresos por publicidad, salgo comido por servido. Lo podría hacer de la forma que antes lo he explicado pero si la seguridad social te reclama las cuotas debes demostrar en un juicio contencioso administrativo, que no has superado el salario mínimo interprofesional. Por eso estoy buscando algún trabajo paralelo, como guionista o redactor, algo que tenga que ver con este bonito oficio de escribir ( creo que al que le gusta escribir no debe desdeñar ningún encargo sea cual fuere ) y de esa forma pagar la misma cuota de autónomo pero teniendo dos fuentes de ingresos.

  • Anónimo
    26 abril 2010 at 23:39

    Hola, Roger
    Tengo una duda que quizá con tu experiencia me puedas aclarar.

    Desde hace dos años soy freelance, dada de alta en autónomos y aplico en mis facturas el IVA (16%), porque casi todos mis clientes son instituciones y realizo para ellos servicio de gabinete de prensa.

    También colaboro en una revista y le facturo con IVA. Pero una editorial me ha encargado que le escriba un libro sobre un personaje cultural y el presupuesto me lo pide sin IVA, ya que asegura que los escritores y periodistas están exentos de IVA sólo cuando trabajan para medios de comunicación y editoriales.

    Entonces, ¿es incorrecto que le aplique el IVA a la revista en la que colaboro? o ¿soy yo la que puedo elegir aplicar o no el IVA en estos supuestos? ¿Debo aplicar el IVA en el presupuesto de la editorial?

    Ya me dirás, por favor.
    Gracias.

  • Anónimo
    30 marzo 2010 at 16:42

    Hola:

    yo aplico un 16% de IVA y un 15% de retención por IRPF en mis factura. No sé si te refieres a otra cosa, en cualquier caso puedo consultar a mi contable.

    Saludos!

    Roger

  • Anónimo
    30 marzo 2010 at 15:20

    Hola, porque has escrito 15% para Hacienda, no es 20% ?

  • Sonia
    21 marzo 2010 at 21:16

    Estimado Roger.
    Hace un tiempo te escribí a tu correo preguntándote algunas dudas a cerca de ser "redactor freelance", te volví a escribir pero supongo que no te llegó, así que te dejaré mis preguntas en el blog.
    Tu eres un redactor freelance con mucha experiencia y quizás puedas contestarme algunas dudas "relacionadas" ,pero en este caso del columnismo o periodismo de opinión. Ademas de escritora e informática,tengo varias columnas redactadas "modelo" tal como los ejemplos que expones en tu web de redactor y había pensado hacer uso de ellas, más de las que en ocasiones escribo como hobbie, exponiéndolas a alguna redacción de periódico, revistas…etc. Quería saber si el procedimiento de contratación del columnista está extrechamente relacionado con el de redactor, o de si en lugar de hacerse autónomo puede llegar a conseguirse un contrato por así decirlo como "trabajador por cuenta ajena" similar al que estamos acostumbrados al ser contratados por una empresa e igualmente los consejos que en ese campo creas oportunos, así como modos efectivos para conseguir una columna o contactar con editores y "no morir en el intento". También tengo curiosidad en lo que se refiere a que en caso de hacer una especie de revista on-line con mis columnas y/o tener colaboradores en ella, si tienes que darte de alta como editor y que costes conlleva, no sé si sabes algo relacionado con estos conceptos: columnista y editor. Espero tu respuesta. Un cordial saludo.
    Sonia

  • Anónimo
    12 febrero 2010 at 11:00

    Hola Allison:

    simplemente quería expresar que algunas personas se atascan en lo de darse de alta como autónomo o no, y eso es lo de menos. Como bien dices, puedes darte de alta o de baja en una sola mañana.

    La comunicación política es uno de los temas que más me llamaron la atención cuando estudiaba la carrera. Realmente creo que estás en el mejor sitio para trabajar/investigar sobre esto.

    ¡Seguimos en contacto!

    Roger

  • Anónimo
    11 febrero 2010 at 17:20

    Hola de nuevo Roger,

    Creo que me expliqué mal porque para nada quería recomendar que nadie trabajase cobrando "en negro", sólo que al menos tuviera un trabajo a la vista antes de darse de alta ya que se puede dar de alta en una mañana, o incluso ya se puede hacer por internet si no me equivoco.

    Actualmente,yo no trabajo ni en la redacción en sí ni en la traducción… aunque sí he hecho traducciones en varias ocasiones pero por trabajos especializados de mi sector, y eso sí, siempre por la vía legal. Trabajo en el ámbito de la investigación política, entre otras cosas (es que soy muy inquieta) aunque últimemente sí es verdad que pienso en centrarme en la redacción (me encanta editar) o incluso también en más traducciones… ya que la política me tiene frita. 🙂

    Me alegro mucho que te haya gustado el blog que escribo en español!! Seguimos en contacto!

    Saludos,
    Allison

  • Anónimo
    11 febrero 2010 at 11:50

    Hola Allison, muchas gracias por tu mensaje.

    Yo creo que hasta que no empiezas a hundirte no aprendes a nadar de verdad, por eso recomiendo lanzarse a la piscina sin miedo.

    Estamos hablando de 250€ al mes, no es una inversión como comprarse un piso. Además, el primer año pagas menos. Y si la cosa te va realmente mal pues te das de baja y dejas de pagar.

    De la otra forma, si vas haciendo trabajillos en negro hasta que salga una buena oportunidad, posiblemente tardes más en coger impulso.

    Pero lo entiendo, lógicamente. De todas formas, para los redactores que sí cotizamos el hecho de que haya gente trabajando en negro supone una competencia desleal, lo digo con todo el cariño del mundo y más en los tiempos que corren en que para mucha gente 250€ es una cantidad considerable.

    Estuve viendo tu blog y me ha gustado mucho, tienes una trayectoria vital interesantísima. ¿Te dedicas a la redacción o la traducción?

    Saludos,

    Roger Garcia
    redactorfreelance.es

  • Anónimo
    11 febrero 2010 at 05:00

    Hola Roger, estoy de acuerdo contigo, aunque recomendaría a los demás – antes de darse de alta como aútonoma, que tengan algunos trabajos ya a la vista o incluso en marcha, o un buen plan estratégico para ir cultivando una red de posibles clientes, ya que se pueden dar de alta en poco tiempo y así no tendrán que pagar las cuotas antes de tener asegurados al menos unos ingresos.
    Gracias – acabo de encontrar tu blog y me gusta mucho. saludos, Allison

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